La Representación en México de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO) y la Oficina en México del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ONU-DH) celebraron que se haya elevado a rango constitucional el derecho a la alimentación.
En un comunicado conjunto, ambas instancias de la ONU expresaron su beneplácito por la aprobación de la reforma a los artículos 4 y 27 de la Constitución Política mexicana en la Cámara de Diputados.
En el artículo 4 se adiciona un párrafo que en el que se establece: %u201CToda persona tiene derecho a la alimentación nutritiva, suficiente y de calidad. El Estado lo garantizará.%u201D
En tanto, en el artículo 27 se establece que %u201Cel desarrollo rural integral y sustentable a que se refiere el párrafo anterior también tendrá entre sus fines que el Estado garantice el abasto suficiente y oportuno de los alimentos básicos que la ley establezca%u201D.
La representante de la FAO en México, Nuria Urquía, destacó que las modificaciones constitucionales representan %u201Cun paso más%u201D en la realización progresiva del derecho a una alimentación suficiente y adecuada para toda la población. %u201CCelebramos con gran satisfacción su aprobación en el Congreso%u201D, destacó.
Por su parte, Javier Hernández Valencia, representante en México de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, mencionó que %u201Cla reforma es un paso adicional en la gran transformación constitucional que el Estado mexicano está experimentando en materia de derechos humanos; y es particularmente oportuna para remontar la crisis alimentaria que afecta a miles de personas garantizando el derecho básico a la alimentación”.
Con la aprobación de dicha reforma, el Estado mexicano se obliga a atender las obligaciones sobre el derecho a la alimentación, establecidas en varios instrumentos internacionales de derechos humanos.
Entre tales instrumentos se destacan la Declaración Universal de Derechos Humanos (artículo 25), el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (artículo 11), el Protocolo adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (artículo 11), la Convención sobre los Derechos del Niño (artículo 24), la Declaración sobre el Derecho al Desarrollo (artículo 8), la Declaración Mundial sobre Nutrición, la Declaración Universal sobre la Erradicación del Hambre y la Malnutrición, la Declaración de Roma sobre la Seguridad Alimentaria Mundial, y el Plan de Acción de la Cumbre Mundial sobre la Alimentación, entre otros.
(Tomado de www.proceso.com.mx)